{"ley":{"id":"codigo-civil","nombre":"Código Civil","instrumento":"Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República","texto_al":"2025-08-08","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Codigos/CodigoCivilComentado_CENADOJ.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/"},"articulo":{"numero":"459","clave":"459","epigrafe":"Bienes nacionales de uso no común","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Segundo. De los bienes, de la propiedad y demás derechos reales","Título I. De los bienes","Capítulo II. De los bienes con relación a las personas a quienes pertenecen"],"texto":"Son bienes nacionales de uso no común:\n\n1°. Los que están destinados al servicio del Estado, de las municipalidades y de las entidades estatales descentralizadas, y los demás que constituyen su patrimonio;\n\n2°. Los de uso público, cuando dejen de serlo de hecho o por virtud de una ley;\n\n3°. Los ingresos fiscales y municipales;\n\n4°. El subsuelo, los yacimientos de hidrocarburos y los minerales antes de ser extraídos, así como cualquiera otra sustancia orgánica o inorgánica del subsuelo;\n\n5°. Los terrenos baldíos y las tierras que no sean de propiedad privada;\n\n6°. Los que habiendo sido de propiedad particular queden vacantes, y los que adquieran el Estado o las municipalidades por cualquier título legal;\n\n7°. Los excesos de propiedades rústicas o urbanas, de conformidad con la ley; y\n\n8°. Los monumentos y las reliquias arqueológicas.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-459/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-459.md"},"cita":"Art. 459, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-459/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}