{"ley":{"id":"codigo-civil","nombre":"Código Civil","instrumento":"Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República","texto_al":"2025-08-08","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Codigos/CodigoCivilComentado_CENADOJ.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/"},"articulo":{"numero":"870","clave":"870","epigrafe":"Requisitos que deben tener los cupones","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Segundo. De los bienes, de la propiedad y demás derechos reales","Título V. Derechos reales de garantía","Capítulo II. Cedulas hipotecarias"],"texto":"Cada cupón contendrá:\n\n1°. La denominación de cupón hipotecario;\n\n2°. El número, serie, lugar y fecha de la cédula;\n\n3°. El valor y especie en que debe pagarse;\n\n4°. Lugar y fecha de su pago;\n\n5°. La firma del otorgante de la hipoteca; y\n\n6°. El sello del Registro de la Propiedad.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-870/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-870.md"},"cita":"Art. 870, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-870/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}