{"ley":{"id":"codigo-de-comercio","nombre":"Código de Comercio","instrumento":"Decreto 2-70 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"OMPI, WIPO Lex (texto oficial suministrado por Guatemala, con las reformas anotadas hasta el Decreto 55-2010)","fuente_url":"https://www.wipo.int/wipolex/es/legislation/details/2018","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/","nota_reformas":"Texto del Decreto 2-70 con las reformas que anota WIPO Lex, hasta el Decreto 55-2010 (vigente desde el 29 de junio de 2011). Reformas verificadas hasta 2011, más los Decretos 2-2024 y 15-2026 (abajo). El Decreto 2-2024 (Ley de Tarjetas de Crédito), artículo 62, derogó el artículo 757; su texto se conserva como histórico. Pendientes de incorporar, sin texto oficial reunido: Decreto 57-2000 (Ley de Propiedad Industrial), 18-2017, 20-2018, 6-2020, 8-2022 (Ley de Insolvencia) y 32-2024 (arts. 361 y 363 y el rubro del Libro III, Título II). Si alguna de ellas cambió un artículo, el texto de esa norma no lo refleja. Códice aplicó las reformas del Decreto 15-2026 (Ley Integral Antilavado, vigente desde el 17 de septiembre de 2026) a los artículos 45, 125 y 134 (numeral 2º), según el decreto publicado en el Diario de Centro América el 17 de junio de 2026."},"articulo":{"numero":"247","clave":"247","epigrafe":"Atribuciones","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Libro I. De los comerciantes y sus auxiliares","Título I. Comerciantes","Capítulo XI. De la disolucion y liquidacion de las sociedades","Sección Tercera. Liquidación"],"texto":"Los liquidadores tendrán las siguientes atribuciones:\n\n1º. Representar legalmente a la sociedad, judicial y extrajudicialmente. Por el hecho de su nombramiento quedan autorizados para representarla judicialmente, con todas las facultades especiales pertinentes que estatuye la Ley del Organismo Judicial.\n\n2º. Concluir las operaciones pendientes al tiempo de la disolución.\n\n3º. Exigir la cuenta de su administración a cualquiera que haya manejado intereses de la sociedad.\n\n4º. Liquidar y pagar las deudas de la sociedad.\n\n5º. Cobrar los créditos activos, percibir su importe, cancelar los gravámenes que los garanticen y otorgar los correspondientes finiquitos.\n\n6º. Vender los bienes sociales, aun cuando haya algún menor o incapacitado entre los socios, con tal que no hayan sido aportados por aquéllos con la condición de ser devueltos en especie.\n\n7º. Presentar estado de liquidación cuando cualquiera de los socios lo pida.\n\n8º. Rendir cuenta de su administración al final de la liquidación.\n\n9º. Disponer la práctica del balance general, que deberá someterse a la aprobación de los socios, en la forma que corresponda, según la naturaleza de la sociedad.\n\n10º. Liquidar a cada socio su haber social.\n\n11º. Depositar en el Registro Mercantil el balance general final, una vez aprobado y obtener del propio Registro la cancelación de la inscripción de la escritura social.\n\n12º. En general, realizar todos los actos de liquidación.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-247/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-247.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 1779, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1779/"},{"cita":"Art. 246, Código de Comercio","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-246/"},{"cita":"Art. 190, Ley del Organismo Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-190/"},{"cita":"Art. 47, Código de Comercio","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-47/"},{"cita":"Art. 43, Código Procesal Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-43/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 247, Código de Comercio de Guatemala (Decreto 2-70), codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-247/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}