{"ley":{"id":"codigo-de-comercio","nombre":"Código de Comercio","instrumento":"Decreto 2-70 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"OMPI, WIPO Lex (texto oficial suministrado por Guatemala, con las reformas anotadas hasta el Decreto 55-2010)","fuente_url":"https://www.wipo.int/wipolex/es/legislation/details/2018","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/","nota_reformas":"Texto del Decreto 2-70 con las reformas que anota WIPO Lex, hasta el Decreto 55-2010 (vigente desde el 29 de junio de 2011). Reformas verificadas hasta 2011, más los Decretos 2-2024 y 15-2026 (abajo). El Decreto 2-2024 (Ley de Tarjetas de Crédito), artículo 62, derogó el artículo 757; su texto se conserva como histórico. Pendientes de incorporar, sin texto oficial reunido: Decreto 57-2000 (Ley de Propiedad Industrial), 18-2017, 20-2018, 6-2020, 8-2022 (Ley de Insolvencia) y 32-2024 (arts. 361 y 363 y el rubro del Libro III, Título II). Si alguna de ellas cambió un artículo, el texto de esa norma no lo refleja. Códice aplicó las reformas del Decreto 15-2026 (Ley Integral Antilavado, vigente desde el 17 de septiembre de 2026) a los artículos 45, 125 y 134 (numeral 2º), según el decreto publicado en el Diario de Centro América el 17 de junio de 2026."},"articulo":{"numero":"633","clave":"633","epigrafe":"Deterioro parcial","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Libro III. De las cosas mercantiles","Título II. De los procedimientos","Capítulo III. De la cancelacion, la reposicion y la reivindicacion de los titulos de credito"],"texto":"Si un título de crédito a la orden o al portador se deteriorare de tal manera que no pueda seguir circulando, o se destruyere en parte, pero de modo que subsistan los datos necesarios para su identificación, el tenedor podrá obtener judicial mente en la vía voluntaria, que el título sea repuesto a su costa, si lo devuelve al principal obligado. Igualmente, tendrá derecho a que le firmen el nuevo título los signatarios del título primitivo, a quienes se pruebe que su firma inicial ha sido destruída o testada.\n\nSi algún obligado desacatase la orden judicial de firmar el nuevo título, el juez firmará en su rebeldía.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-633/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-633.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 1642, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1642/"},{"cita":"Art. 632, Código de Comercio","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-632/"},{"cita":"Art. 1644, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1644/"},{"cita":"Art. 395, Código de Comercio","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-395/"},{"cita":"Art. 1173, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1173/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 633, Código de Comercio de Guatemala (Decreto 2-70), codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-633/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}