{"ley":{"id":"codigo-de-comercio","nombre":"Código de Comercio","instrumento":"Decreto 2-70 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"OMPI, WIPO Lex (texto oficial suministrado por Guatemala, con las reformas anotadas hasta el Decreto 55-2010)","fuente_url":"https://www.wipo.int/wipolex/es/legislation/details/2018","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/","nota_reformas":"Texto del Decreto 2-70 con las reformas que anota WIPO Lex, hasta el Decreto 55-2010 (vigente desde el 29 de junio de 2011). Reformas verificadas hasta 2011, más los Decretos 2-2024 y 15-2026 (abajo). El Decreto 2-2024 (Ley de Tarjetas de Crédito), artículo 62, derogó el artículo 757; su texto se conserva como histórico. Pendientes de incorporar, sin texto oficial reunido: Decreto 57-2000 (Ley de Propiedad Industrial), 18-2017, 20-2018, 6-2020, 8-2022 (Ley de Insolvencia) y 32-2024 (arts. 361 y 363 y el rubro del Libro III, Título II). Si alguna de ellas cambió un artículo, el texto de esa norma no lo refleja. Códice aplicó las reformas del Decreto 15-2026 (Ley Integral Antilavado, vigente desde el 17 de septiembre de 2026) a los artículos 45, 125 y 134 (numeral 2º), según el decreto publicado en el Diario de Centro América el 17 de junio de 2026."},"articulo":{"numero":"757","clave":"757","epigrafe":"Tarjetas de crédito","estado":"derogado","estado_en_el_texto":"reformado","cambio_posterior":{"tipo":"derogado","aviso":"Derogado por el Decreto 2-2024 (Ley de Tarjetas de Crédito), posterior a este texto. El texto de abajo es histórico.","detalle":null,"fuente":"Fuente: WIPO Lex (OMPI), texto del Decreto 2-70 con las reformas anotadas hasta el Decreto 55-2010, actualizada al 29 de junio de 2011.","fuente_url":"https://www.wipo.int/wipolex/es/legislation/details/2018","fuente_fecha":"2011-06-29","decretos":[{"accion":"derogado","decreto":"Decreto 2-2024","nombre":"Ley de Tarjetas de Crédito","detalle":null}]},"ubicacion":["Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles","Título II. Contratos mercantiles en particular","Capítulo IV. Operaciones de credito","Sección Sexta. De las tarjetas de credito"],"texto":"Las tarjetas de crédito deberán ser emitidas a personas individuales o jurídicas y no serán negociables. Deberán contener el nombre de quien las expide, la firma autógrafa de la persona a cuyo favor se extienden, el plazo de vigencia y si la misma tiene validez nacional o internacional, siendo aplicable a las mismas en lo que corresponda las normas de las cartas órdenes. Por el financiamiento a través de tarjetas de crédito se aplicará la tasa de interés que se indica en el artículo 757 bis de este Código.\n\nA los créditos originados por el uso de las tarjetas de crédito, se aplicarán las reglas de los pagarés, a excepción de la tasa de interés convencional.","nota":"* Reformado por el Artículo 1 del Decreto Número 33-2003 del Congreso de la República de Guatemala.","reformas":[{"accion":"reformado","alcance":"artículo","instrumento":"Decreto 33-2003","tipo":"Decreto","numero":"33-2003","anio":2003,"articulo_reformador":"1","fecha":null,"descripcion":"Reformado por el artículo 1 del Decreto 33-2003","texto_fuente":"Reformado por el Artículo 1 del Decreto Número 33-2003 del Congreso de la República de Guatemala"}],"url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-757/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-757.md","que_significa":null,"citado_por":[{"cita":"Art. 62, Ley de Tarjetas de Crédito","url":"https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-62/"}],"relacionados":[{"cita":"Art. 757 Bis, Código de Comercio","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-757bis/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 757, Código de Comercio de Guatemala (Decreto 2-70), codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-757/","aviso":"Derogado por el Decreto 2-2024 (Ley de Tarjetas de Crédito), posterior a este texto. El texto de abajo es histórico.","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}