{"ley":{"id":"codigo-de-migracion","nombre":"Código de Migración","instrumento":"Decreto 44-2016 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado)","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20de%20leyes/2016/pdfs/decretos/D44-2016.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/"},"articulo":{"numero":"131","clave":"131","epigrafe":"Funciones generales","estado":"vigente","ubicacion":["Libro II. Sistema y Políticas Migratorias","Título I. Sistema Migratorio Guatemalteco","Capítulo III. Instituto Guatemalteco de Migración","Sección I. Director General"],"texto":"Son funciones generales del Director General, además de aquellas que sean dispuestas en otros instrumentos jurídicos, las siguientes:\n\n1. Procurar en todo momento el libre acceso al derecho de migrar de toda persona y no imponer más límites que los establecidos en la legislación nacional, así como en los tratados y convenios aprobados y ratificados por Guatemala en materia de derechos humanos, derecho de refugiados, derecho humanitario y derecho penal internacional.\n\n2. Dirigir el Instituto Guatemalteco de Migración de conformidad con la política nacional migratoria, este Código y la legislación nacional.\n\n3. Ejecutar la Política Migratoria Nacional y establecer las disposiciones administrativas para el efecto.\n\n4. Representar legalmente al Instituto Guatemalteco de Migración.\n\n5. Someter a consideración y aprobación de la Autoridad Migratoria el plan estratégico y anual del Instituto Guatemalteco de Migración. De igual forma el proyecto de presupuesto anual.\n\n6. Emitir el reglamento general y específicos para aprobación de la Autoridad Migratoria Nacional.\n\n7. Adquirir bienes y servicios para el Instituto Guatemalteco de Migración.\n\n8. Firmar contratos para el cumplimiento de los fines del Instituto Guatemalteco de Migración.\n\n9. Suscribir acuerdos, cartas de entendimiento y convenios con instituciones civiles de cooperación, nacionales o internacionales.\n\n10.Nombrar y remover a los sub directores de migración.\n\n11.Integrar la Autoridad Migratoria Nacional.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-131/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-131.md"},"cita":"Art. 131, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-131/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}