{"ley":{"id":"codigo-de-migracion","nombre":"Código de Migración","instrumento":"Decreto 44-2016 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado)","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20de%20leyes/2016/pdfs/decretos/D44-2016.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/"},"articulo":{"numero":"175","clave":"175","epigrafe":"Del proceso de recepción del niño, niña o adolescente","estado":"vigente","ubicacion":["Libro II. Sistema y Políticas Migratorias","Título II. Procedimientos","Capítulo I. Procedimiento para la protección de niños, niñas y adolescentes no acompañados y separados de sus familias"],"texto":"El Consejo de Atención y Protección en la definición de los procedimientos respectivos, debe observar los siguientes lineamientos para la recepción de niños, niñas o adolescentes que son repatriados, retornados o deportados al país:\n\na) La recepción del niño, niña o adolescente está a cargo de la Subdirección de Atención y Protección de Derechos Fundamentales de los Migrantes del Instituto Guatemalteco de Migración.\n\nb) En el proceso de recepción, las instituciones que conforman el Consejo de Atención y Protección participarán de forma gradual.\n\nc) En todo momento estará presente el representante del Procurador General de la Nación, para el seguimiento al proceso de reunificación familiar o la judicialización de los casos.\n\nd) El niño, niña o adolescente es recibido e inmediatamente puesto en abrigo y cuidado temporal.\n\ne) Un porta voz del Instituto Guatemalteco de Migración puede informar y dar detalles sobre el retorno de los niños, niñas o adolescentes, pero en ningún momento serán exhibidos ante los medios de comunicación durante la recepción. Ni podrá darse a conocer el nombre o identidad.\n\nf) Puede ser de conocimiento de los medios de comunicación luego de un período de tiempo en donde se ha determinado que dicho mecanismo puede ayudar a la localización de los familiares.\n\ng) La reunificación familiar procede luego de determinar que no existen amenazas o violación de los derechos humanos del niño por parte de su familia, tutor, o responsable.\n\nh) El proceso de atención social debe establecer un programa de apoyo para la inserción social, que dé seguimiento en educación, educación técnica, inserción laboral conforme la legislación nacional y demás situaciones específicas. El objetivo de los programas de seguimiento es garantizar una reunificación familiar permanente.\n\nCon la información compartida por los cónsules o equipos psicosociales, la autoridad en Guatemala deberá prever la adopción de medidas particulares de protección, adecuadas a la situación de vulnerabilidad en que puede encontrarse la niña, niño o adolescente migrante no acompañado, para el efecto la autoridad promoverá programas orientados a la protección de la niñez y la familia, así como programas de protección social, lo cual coordinará con otras instituciones del Estado y sociedad civil. Mientras se culmina la investigación que permita la reunificación familiar, el niño, niña o adolescente, por el menor tiempo posible, podrá ser alojado en forma temporal.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-175/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-175.md"},"cita":"Art. 175, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-175/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}