{"ley":{"id":"codigo-de-migracion","nombre":"Código de Migración","instrumento":"Decreto 44-2016 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado)","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20de%20leyes/2016/pdfs/decretos/D44-2016.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/"},"articulo":{"numero":"218","clave":"218","epigrafe":"Trabajadores guatemaltecos migrantes y reclutadores","estado":"vigente","ubicacion":["Libro III. Disposiciones finales, transitorias y derogatorias","Título I. Disposiciones Finales y Transitorias","Capítulo I. Disposiciones finales"],"texto":"Los trabajadores guatemaltecos migrantes pueden acceder a programas de trabajadores temporales en el extranjero, de forma individual o por vía de entidades lícitas de reclutamiento de personas, previamente autorizadas y debidamente registradas por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Guatemala con la colaboración del Ministerio de Relaciones Exteriores.\n\nPara el efecto, además de lo dispuesto en el artículo 34 del Código de Trabajo, las empresas y personas reclutadoras deben especificar, en los formularios respectivos aprobados por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, las entidades públicas o privadas que requieren los servicios en el extranjero, así como la clase, categoría y tipo de trabajo que desarrollarán.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-218/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-218.md"},"cita":"Art. 218, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-218/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}