{"ley":{"id":"codigo-de-migracion","nombre":"Código de Migración","instrumento":"Decreto 44-2016 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado)","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20de%20leyes/2016/pdfs/decretos/D44-2016.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/"},"articulo":{"numero":"227","clave":"227","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Libro III. Disposiciones finales, transitorias y derogatorias","Título I. Disposiciones Finales y Transitorias","Capítulo III. Disposiciones transitorias"],"texto":"De la conformación de la Autoridad Migratoria Nacional y el nombramiento del Director del Instituto Guatemalteco de Migración.\n\nLa Autoridad Migratoria Nacional se deberá conformar sesenta días después de la entrada en vigencia del presente Código, para iniciar con la emisión de reglamentación y el plan de transición, los cuales deberán ser emitidos en un plazo de seis a doce meses.\n\nEl Presidente de la República deberá nombrar al Director del Instituto Guatemalteco de Migración, una vez apruebe el plan de transición presentado por la Autoridad Migratoria Nacional.\n\nLa persona que ocupa el puesto de Director General de Migración se mantendrá en el cargo hasta que sea presentado y aprobado el plan de transición.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-227/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-227.md"},"cita":"Art. 227, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-227/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}