{"ley":{"id":"codigo-de-notariado","nombre":"Código de Notariado","instrumento":"Decreto 314 del Congreso de la República","texto_al":"2014-04-30","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Codigos/CodigoNotariado_CENADOJ.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-de-notariado/"},"articulo":{"numero":"50","clave":"50","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Título IV. Formalidades especiales para testamentos y otras escrituras"],"texto":"La escritura de prenda agraria, ganadera o industrial, deberá contener lo siguiente:\n\n1º El importe del préstamo o de los préstamos ya hechos con anterioridad y con garantía de las mismas cosas que se afectan;\n\n2º El tipo de intereses convenido;\n\n3º La especie, cantidad y situación de los objetos dados en prenda;\n\n4º La circunstancia de hallarse los objetos libres de gravamen o si no lo estuvieren, los gravámenes que reconozcan en la fecha del contrato;\n\n5º Si existe seguro, la clase de éste, importe de la suma asegurada, nombre y domicilio del asegurador;\n\n6º Si el deudor debe o no arrendamiento y en caso afirmativo, si es en dinero o en especie; y\n\n7º Tratándose de ganados o productos de la ganadería, la clase, número, edad, sexo, marca o señal de los animales y el estado de los campos en donde los ganados se hallaren.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-de-notariado/articulo-50/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-de-notariado/articulo-50.md"},"cita":"Art. 50, Código de Notariado de Guatemala (Decreto 314), texto al 30 de abril de 2014, codicegt.com/codigo-de-notariado/articulo-50/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}