{"ley":{"id":"codigo-penal","nombre":"Código Penal","instrumento":"Decreto 17-73 del Congreso de la República","texto_al":"2024-01-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Codigos/Codigo%20Penal_CENADOJ%202024.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/"},"articulo":{"numero":"383","clave":"383","epigrafe":"Caso de muerte","estado":"reformado","ubicacion":["Libro Segundo. Parte especial","Título XII. De los delitos contra el orden institucional","Capítulo II. De los delitos contra los presidentes De los organismos del estado"],"texto":"Quien matare al Presidente de la República, Vicepresidente de la República o cualquiera de los Presidentes de los otros Organismos del Estado, será sancionado con prisión de 30 a 50 años.\n\n*En caso de muerte del Presidente de la República o del Vicepresidente, si las circunstancias del hecho, los medios empleados para realizarlo y los móviles determinantes, se revelare mayor y particular peligrosidad del responsable, se impondrá la pena de muerte.\n\nde la Corte de Constitucionalidad de fecha 24 de octubre de 2017, Expediente 5986-2016).","nota":"(Reformado por Artículo 14 del Decreto 20-96 del Congreso de la República). *(El Párrafo subrayado fue declarado inconstitucional por sentencia","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-383/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-383.md"},"cita":"Art. 383, Código Penal de Guatemala (Decreto 17-73), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/codigo-penal/articulo-383/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}