{"ley":{"id":"codigo-penal","nombre":"Código Penal","instrumento":"Decreto 17-73 del Congreso de la República","texto_al":"2024-01-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Codigos/Codigo%20Penal_CENADOJ%202024.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/"},"articulo":{"numero":"87","clave":"87","epigrafe":"Estado peligroso","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Primero. Parte general","Título VII. De las medidas de seguridad","Capítulo I. De la aplicación de las medidas de seguridad"],"texto":"Se consideran índices de peligrosidad:\n\n1º. La declaración de inimputabilidad.\n\n2º. La interrupción de la ejecución de la pena por enfermedad mental del condenado.\n\n3º. La declaración del delincuente habitual.\n\n4º. El caso de tentativa imposible de delito, prevista en el artículo 15 de este Código.\n\n5º. La vagancia habitual.\n\nSe entiende por vago el que teniendo aptitud para ejecutar un trabajo remunerable se mantiene habitualmente en holganza, viviendo a costa del trabajo de otros, o de mendicidad, o sin medios de subsistencia conocidos.\n\n6º. La embriaguez habitual.\n\n7º. Cuando el sujeto fuere toxicómano.\n\n8º. La mala conducta observada durante el cumplimiento de la condena.\n\n9º. La explotación o *el ejercicio de la prostitución.","nota":"*(La expresión subrayada, fue derogada por Artículo 69. del Decreto 9-2009 del Congreso de la República","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-87/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-87.md"},"cita":"Art. 87, Código Penal de Guatemala (Decreto 17-73), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/codigo-penal/articulo-87/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}