{"ley":{"id":"codigo-procesal-civil-y-mercantil","nombre":"Código Procesal Civil y Mercantil","instrumento":"Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República","texto_al":null,"fuente":"Municipalidad de Zaragoza (zaragoza.gob.gt)","fuente_url":"https://zaragoza.gob.gt/wp-content/uploads/2023/09/CODIGO-PROCESAL-CIVIL-Y-MERCANTIL-DECRETO-LEY-107.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/"},"articulo":{"numero":"396","clave":"396","epigrafe":"Honorarios","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Tercero. Procesos de ejecucion","Título V. Ejecucion colectiva","Capítulo III. Quiebra"],"texto":"Los honorarios de los síndicos, depositarios, abogados, notarios, contadores y procuradores, se graduarán conforme al respectivo arancel. En todo caso, el total de dichos honorarios, considerados conjuntamente, no excederá del doce por ciento del activo de la quiebra, debiendo el juez hacer los correspondientes ajustes en cada liquidación. Los honorarios de los síndicos se fijarán conforme a lo preceptuado en el arancel para los depositarios.\n\nLa distribución la acordará el juez en vista del tiempo empleado y el trabajo de cada uno, y los honorarios se cargarán a los gastos del proceso.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-396/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-396.md"},"cita":"Art. 396, Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-396/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}