{"ley":{"id":"codigo-procesal-civil-y-mercantil","nombre":"Código Procesal Civil y Mercantil","instrumento":"Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República","texto_al":null,"fuente":"Municipalidad de Zaragoza (zaragoza.gob.gt)","fuente_url":"https://zaragoza.gob.gt/wp-content/uploads/2023/09/CODIGO-PROCESAL-CIVIL-Y-MERCANTIL-DECRETO-LEY-107.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/"},"articulo":{"numero":"470","clave":"470","epigrafe":"Apertura sin notario ni testigos","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Cuarto. Procesos especiales","Título II. Proceso sucesorio","Capítulo II. Sucesion testamentaria","Sección Segunda. Formalizacion de testamentos cerrados y especiales","Párrafo Primero. Apertura del testamento cerrado"],"texto":"Si al acto de apertura no concurrieran ni el notario autorizante de la cubierta ni los testigos instrumentales, por haber fallecido, por hallarse ausentes o porque no pudieren hacerlo, el juez suspenderá la diligencia de apertura.\n\nActo continuo dispondrá se publiquen edictos en dos periódicos, uno de los cuales será el Diario Oficial, por una sola vez, haciendo saber el día y hora en que se procederá a la apertura del testamento.\n\nEn este caso, la diligencia se practicará con los interesados que se hallaren presentes, dictando el juez las medidas necesarias para cerciorarse de la autenticidad de las firmas del notario y los testigos.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-470/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-470.md"},"cita":"Art. 470, Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-470/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}