{"ley":{"id":"codigo-procesal-civil-y-mercantil","nombre":"Código Procesal Civil y Mercantil","instrumento":"Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República","texto_al":null,"fuente":"Municipalidad de Zaragoza (zaragoza.gob.gt)","fuente_url":"https://zaragoza.gob.gt/wp-content/uploads/2023/09/CODIGO-PROCESAL-CIVIL-Y-MERCANTIL-DECRETO-LEY-107.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/"},"articulo":{"numero":"552","clave":"552","epigrafe":"Suspensión del remate y del pago","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Quinto. Alternativas comunes a todos los procesos","Título III. Intervencion de terceros","Capítulo I. Tercerias"],"texto":"En las tercerías de dominio, mientras no esté resuelto el incidente respectivo no podrá ordenarse el remate de los bienes, suspendiéndose los procedimientos desde entonces, hasta que se decida la tercería.\n\nSi la tercería fuere de preferencia, mientras no se dicte la resolución que gradúa los créditos, no podrá ordenarse el pago, el cual se hará al acreedor que tenga mejor derecho. Entretanto se decide la tercería, se depositará el precio de la venta en la Tesorería de Fondos de Justicia.\n\nLos que intervengan como terceros alegando un derecho de preferencia, pueden instar el curso de la ejecución mientras conserven interés en la misma.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-552/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-552.md"},"cita":"Art. 552, Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-552/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}