{"ley":{"id":"codigo-procesal-penal","nombre":"Código Procesal Penal","instrumento":"Decreto 51-92 del Congreso de la República","texto_al":"2024-01-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Codigos/Codigo%20Procesal%20Penal_CENADOJ%202024.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/"},"articulo":{"numero":"156","clave":"156","epigrafe":"Forma","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Primero. Disposiciones generales","Título III. La actividad procesal","Capítulo III. Comunicación","Sección Primera. Entre autoridades"],"texto":"Cuando un acto lo deba ejecutar otra autoridad, o cuando exista la necesidad de encomendar a otra determinadas diligencias, la solicitud que se dirija comprenderá:\n\n1) El funcionario del Ministerio Público o tribunal que requiere la diligencia.\n\n2) Los datos de identificación del proceso a que se refiera.\n\n3) La diligencia solicitada, con todos los datos necesarios para cumplirla.\n\n4) La cita de la ley correspondiente, según las reglas aplicables al procedimiento; y\n\n5) El plazo dentro del cual deba cumplirse la diligencia cuando, por imperativo legal o por las particularidades del caso, sea necesario cumplirla en un período determinado de manera urgente.\n\nEn caso de urgencia se utilizará telegrama u otro medio inmediato de telecomunicaciones.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-156/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-156.md"},"cita":"Art. 156, Código Procesal Penal de Guatemala (Decreto 51-92), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-156/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}