{"ley":{"id":"codigo-procesal-penal","nombre":"Código Procesal Penal","instrumento":"Decreto 51-92 del Congreso de la República","texto_al":"2024-01-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Codigos/Codigo%20Procesal%20Penal_CENADOJ%202024.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/"},"articulo":{"numero":"320","clave":"320","epigrafe":"Auto de procesamiento","estado":"reformado","ubicacion":["Libro Segundo. El procedimiento común","Título I. Preparación de la acción pública","Capítulo IV. Procedimiento preparatorio (instrucción)"],"texto":"Inmediatamente de dictado el auto de prisión o una medida sustitutiva, el juez que controla la investigación, *con base en el requerimiento del fiscal, emitirá auto de procesamiento contra la persona a que se refiere.\n\nSólo podrá dictarse auto de procesamiento después de que sea indagada la persona contra quien se emita. Podrá ser reformable de oficio o a instancia de parte solamente en la fase preparatoria, antes de la acusación, garantizando el derecho de audiencia.","nota":"(Reformado por el Artículo 22 del Decreto 32-96 del Congreso de la República). * (La frase subrayada fue declarada inconstitucional por sentencia de la Corte de Constitucionalidad del 24 de febrero de 1997, Expediente 929-96).","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-320/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-320.md"},"cita":"Art. 320, Código Procesal Penal de Guatemala (Decreto 51-92), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-320/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}