{"ley":{"id":"codigo-procesal-penal","nombre":"Código Procesal Penal","instrumento":"Decreto 51-92 del Congreso de la República","texto_al":"2024-01-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Codigos/Codigo%20Procesal%20Penal_CENADOJ%202024.pdf","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/"},"articulo":{"numero":"469","clave":"469","epigrafe":"Contenido del mandato","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Cuarto. Procedimientos específicos","Título II. Procedimiento especial de averiguación"],"texto":"El mandato de averiguación deberá contener:\n\n1) Nombre y apellido de Procurador de los Derechos Humanos o de quien éste designe para la averiguación, pudiendo ser un particular independiente de la institución.\n\n2) Nombre, apellido y datos de identificación de la persona a quien se le encomienda la averiguación; si se tratare de una asociación o entidad, el nombre, apellido y datos de identificación de quien la representará en el caso, a propuesta de la entidad o asociación.\n\n3) Nombre, apellido y datos de identificación de la persona desaparecida, a cuyo favor se procede, y la expresión resumida de hecho que se considera cometido.\n\n4) La expresión del motivo de la ineficacia de la exhibición personal y el fundamento de la sospecha prevista.\n\n5) La expresión de que el investigador designado se haya equiparado a los agentes del Ministerio Público para el esclarecimiento del hecho descrito, con todas sus facultades y deberes, y la orden a los funcionarios y empleados del Estado de prestarle la misma colaboración y respeto que al funcionario mencionado, con la advertencia de que su reticencia o falta de colaboración será sancionada según la ley.\n\n6) Los plazos a cuyo término deberá presentar a la Corte Suprema de Justicia informes sobre el resultado.\n\n7) Designación del juez que controla la investigación, que podrá ser de nombramiento especifico.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-469/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-469.md"},"cita":"Art. 469, Código Procesal Penal de Guatemala (Decreto 51-92), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-469/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}