{"ley":{"id":"codigo-tributario","nombre":"Código Tributario","instrumento":"Decreto 6-91 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), portal.sat.gob.gt","fuente_url":"https://portal.sat.gob.gt/portal/wpfd_file/codigo-tributario-decreto-numero-6-91/","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/"},"articulo":{"numero":"89","clave":"89","epigrafe":"Sancion","estado":"reformado","ubicacion":["Título III. Infracciones y sanciones","Capítulo II. Parte especial","Sección Primera. Infracciones especificas"],"texto":"La omisión de pago de tributos será sancionada con una multa equivalente al ciento por ciento (100%) del importe del tributo omitido, por la falta de determinación o la determinación incorrecta presentada por parte del sujeto pasivo, detectada por la acción fiscalizadora.\n\nEsta sanción, en su caso, se aplicará sin perjuicio de cobrar los intereses resarcitorios que correspondan, conforme lo dispuesto en este Código.","nota":"*Reformado por el Artículo 21, del Decreto Del Congreso Número 58-96 el 15-08-1996 *Reformado por el Artículo 14, del Decreto Del Congreso Número 29-2001 el 10-08-2001 *Reformado el primer párrafo por el Artículo 8, del Decreto Del Congreso Número 03-04 el 22-01-2004 *Derogado el segundo párrafo por el Artículo 75, del Decreto Del Congreso Número 4-2012 el 25-02-2012","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-89/","markdown":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-89.md"},"cita":"Art. 89, Código Tributario de Guatemala (Decreto 6-91), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-tributario/articulo-89/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}