{"ley":{"id":"constitucion","nombre":"Constitución","instrumento":"Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985","texto_al":"2024-06-30","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Leyes/Constitucion%20Politica%20de%20Guatemala.pdf","url":"https://codicegt.com/constitucion/"},"articulo":{"numero":"139","clave":"139","epigrafe":"Ley de Orden Público y Estados de Excepción","estado":"vigente","ubicacion":["Título II. Derechos humanos","Capítulo IV. Limitación a los derechos constitucionales"],"texto":"Todo lo relativo a esta materia, se regula en la Ley Constitucional de Orden Público.\n\nLa Ley de Orden Público, no afectará el funcionamiento de los organismos del Estado y sus miembros gozarán siempre de las inmunidades y prerrogativas que les reconoce la ley; tampoco afectará el funcionamiento de los partidos políticos.\n\nLa Ley de Orden Público, establecerá las medidas y facultades que procedan, de acuerdo con la siguiente gradación:\n\na) Estado de prevención;\n\nb) Estado de alarma;\n\nc) Estado de calamidad pública;\n\nd) Estado de sitio; y\n\ne) Estado de guerra.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-139/","markdown":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-139.md"},"cita":"Art. 139, Constitución de Guatemala (Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985), texto al 30 de junio de 2024, codicegt.com/constitucion/articulo-139/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}