{"ley":{"id":"ley-aguinaldo","nombre":"Ley del Aguinaldo","instrumento":"Decreto 76-78 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Congreso de la República de Guatemala (Diario de Centro América, 30 de noviembre de 1978)","fuente_url":"https://www.congreso.gob.gt/assets/uploads/info_legislativo/decretos/1978/gtdcx00761978.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-aguinaldo/"},"articulo":{"numero":"12","clave":"12","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":[],"texto":"La declaración a que se refiere el artículo anterior, podrá hacerse mediante acta levantada ante el funcionario correspondiente o en forma escrita con firma legalizada. Las autoridades administrativas de trabajo quedan obligadas a establecer la veracidad de las declaraciones, haciendo las investigaciones pertinentes y actuando conforme a la ley en caso de inexactitud.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-aguinaldo/articulo-12/","markdown":"https://codicegt.com/ley-aguinaldo/articulo-12.md"},"cita":"Art. 12, Ley del Aguinaldo de Guatemala (Decreto 76-78), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-aguinaldo/articulo-12/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}