{"ley":{"id":"ley-bonificacion-incentivo","nombre":"Ley de Bonificación Incentivo","instrumento":"Decreto 78-89 del Congreso de la República","texto_al":"2001-08-06","fuente":"Consolidado por Códice a partir de los Decretos 78-89, 7-2000 y 37-2001 (Congreso de la República, escaneos del Diario de Centro América)","fuente_url":"https://www.congreso.gob.gt/assets/uploads/info_legislativo/decretos/1989/gtdcx78-1989.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-bonificacion-incentivo/"},"articulo":{"numero":"5","clave":"5","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":[],"texto":"Los incentivos que se establezcan en cada empresa o centro de trabajo deberán aplicarse observando por analogía, para los trabajadores beneficiados, el principio de igualdad de salario previsto en el inciso c) del Artículo 102 de la Constitución Política de la República de Guatemala.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-bonificacion-incentivo/articulo-5/","markdown":"https://codicegt.com/ley-bonificacion-incentivo/articulo-5.md"},"cita":"Art. 5, Ley de Bonificación Incentivo de Guatemala (Decreto 78-89), texto al 6 de agosto de 2001, codicegt.com/ley-bonificacion-incentivo/articulo-5/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}