{"ley":{"id":"ley-contra-la-corrupcion","nombre":"Ley contra la Corrupción","instrumento":"Decreto 31-2012 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Contraloría General de Cuentas (contraloria.gob.gt), texto del Decreto 31-2012","fuente_url":"https://www.contraloria.gob.gt/wp-content/uploads/2018/02/11-LEY-CONTRA-LA-CORRUPCION-DECRETO-31-2012.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-corrupcion/","nota_reformas":"Texto del Decreto 31-2012 según la publicación de la Contraloría General de Cuentas (PDF de mayo de 2015). Es un decreto de reformas: cada artículo reforma, adiciona o suprime normas del Código Penal, de la Ley contra la Delincuencia Organizada o de la Ley de Extinción de Dominio, y cita el texto nuevo entre comillas. La edición no anota reformas; no se verificaron reformas posteriores ni sentencias de la Corte de Constitucionalidad."},"articulo":{"numero":"28","clave":"28","epigrafe":null,"estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":[],"texto":"Se adiciona el artículo 445 Bis al Código Penal, Decreto Número 17-73 del Congreso de la República y sus reformas, el cual queda así:\n\n\"Articulo 445 Bis. Peculado por uso. Comete delito de peculado por uso, el funcionario o empleado público que, para fines distintos al servicio establecidos en la administración pública, utilice o permita que otro utilice, en provecho propio o de terceros, vehículos, maquinaria, cualquier otro equipo o instrumento de trabajo que se halle bajo su guarda, custodia o administración pertenecientes a la administración pública, así como trabajos o servicios destinados al cargo público que ejerce. El responsable de este delito será sancionado con prisión de tres a cinco años, multa de diez mil a cincuenta mil Quetzales e inhabilitación especial.\n\nEsta disposición es aplicable al contratista de una obra pública o a sus empleados, cuando los bienes indicados pertenecen al Estado o a cualquier dependencia pública. Si los vehículos, maquinarias, y cualquier otro instrumento de trabajo, trabajos o servicios estuviesen destinados a fines asistenciales o a programas de apoyo social, la pena será aumentada en dos terceras partes.\"","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-corrupcion/articulo-28/","markdown":"https://codicegt.com/ley-contra-la-corrupcion/articulo-28.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 35, Ley contra la Corrupción","url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-corrupcion/articulo-35/"},{"cita":"Art. 32, Ley contra la Corrupción","url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-corrupcion/articulo-32/"},{"cita":"Art. 16, Ley contra la Corrupción","url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-corrupcion/articulo-16/"},{"cita":"Art. 40, Ley contra la Corrupción","url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-corrupcion/articulo-40/"},{"cita":"Art. 22, Ley contra la Corrupción","url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-corrupcion/articulo-22/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 28, Ley contra la Corrupción de Guatemala (Decreto 31-2012), codicegt.com/ley-contra-la-corrupcion/articulo-28/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}