{"ley":{"id":"ley-contra-la-defraudacion-y-contrabando-aduaneros","nombre":"Ley contra la Defraudación y el Contrabando Aduaneros","instrumento":"Decreto 58-90 del Congreso de la República","texto_al":"2025-05-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed.","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-defraudacion-y-contrabando-aduaneros/"},"articulo":{"numero":"7","clave":"7","epigrafe":"De las sanciones","estado":"reformado","ubicacion":["Capítulo II. De las Sanciones"],"texto":"Los actos constitutivos de defraudación o contrabando en el ramo aduanero, serán sancionados de la siguiente manera:\n\n*a) Los autores, con prisión de siete a diez años\n\nb) Los cómplices, con prisión de dos a cuatro años.\n\nc) Los encubridores, con prisión de uno a dos años.\n\nCuando los encubridores o cómplices sean funcionarios, cualquier servidor público o Agente Aduanero, se les aplicará la pena correspondiente a los autores.\n\nEn todos los casos se aplicarán además, multa equivalente al valor de la mercancía o bienes involucrados en la infracción, la cancelación de la patente de comercio, tomando en cuenta el beneficio obtenido o pretendido obtener por el infractor, sin perjuicio de las otras sanciones establecidas en la legislación aduanera y en la ordinaria.","nota":"(literal reformada por el Artículo 60 del Decreto 20- 2006 del Congreso de la República).","url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-defraudacion-y-contrabando-aduaneros/articulo-7/","markdown":"https://codicegt.com/ley-contra-la-defraudacion-y-contrabando-aduaneros/articulo-7.md"},"cita":"Art. 7, Ley contra la Defraudación y el Contrabando Aduaneros de Guatemala (Decreto 58-90), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-contra-la-defraudacion-y-contrabando-aduaneros/articulo-7/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}