{"ley":{"id":"ley-contra-la-delincuencia-organizada","nombre":"Ley contra la Delincuencia Organizada","instrumento":"Decreto 21-2006 del Congreso de la República","texto_al":"2025-05-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed.","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-delincuencia-organizada/"},"articulo":{"numero":"107","clave":"107","epigrafe":"Recurso de apelación","estado":"vigente","ubicacion":["Título Sexto. Medios de impugnación","Capítulo Único. Impugnaciones"],"texto":"No obstante lo dispuesto en el artículo 404 del Código Procesal Penal, para los efectos de la presente Ley son apelables los autos que denieguen o autoricen:\n\na) Interceptaciones de comunicaciones;\n\nb) Medidas precautorias;\n\nc) Así como el auto que aprueba o no el acuerdo de colaboración eficaz.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-delincuencia-organizada/articulo-107/","markdown":"https://codicegt.com/ley-contra-la-delincuencia-organizada/articulo-107.md"},"cita":"Art. 107, Ley contra la Delincuencia Organizada de Guatemala (Decreto 21-2006), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-contra-la-delincuencia-organizada/articulo-107/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}