{"ley":{"id":"ley-de-acceso-a-la-informacion","nombre":"Ley de Acceso a la Información Pública","instrumento":"Decreto 57-2008 del Congreso de la República","texto_al":"2024-01-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Leyes/LAIP%202aEd.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-acceso-a-la-informacion/"},"articulo":{"numero":"30","clave":"30","epigrafe":"Hábeas data","estado":"vigente","ubicacion":["Título Primero","Capítulo Sexto. Hábeas data"],"texto":"Los sujetos obligados serán responsables de los datos personales y, en relación con éstos, deberán:\n\n1. Adoptar los procedimientos adecuados para recibir y responder las solicitudes de acceso y corrección de datos que sean, presentados por los titulares de los mismos o sus representantes legales, así como capacitar a los servidores públicos y dar a conocer información sobre sus políticas en relación con la protección de tales datos;\n\n2. Administrar datos personales sólo cuando éstos sean adecuados, pertinentes y no excesivos, en relación con los propósitos para los cuales se hayan obtenido;\n\n3. Poner a disposición de la persona individual, a partir del momento en el cual se recaben datos personales, el documento en el que se establezcan los propósitos para su tratamiento;\n\n4. Procurar que los datos personales sean exactos y actualizados;\n\n5. Adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad, y en su caso confidencia o reserva de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado.\n\nLos sujetos activos no podrán usar la información obtenida para fines comerciales, salvo autorización expresa del titular de la información.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-acceso-a-la-informacion/articulo-30/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-acceso-a-la-informacion/articulo-30.md"},"cita":"Art. 30, Ley de Acceso a la Información Pública de Guatemala (Decreto 57-2008), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/ley-de-acceso-a-la-informacion/articulo-30/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}