{"ley":{"id":"ley-de-amparo","nombre":"Ley de Amparo","instrumento":"Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Normativa Aplicada en Guatemala","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20compilaciones/Compilacion%20Normativa%20GT/expedientes/03_02.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-amparo/"},"articulo":{"numero":"5","clave":"5","epigrafe":"Principios procesales para la aplicación de esta Ley","estado":"vigente","ubicacion":["Título Uno. Protección constitucional","Capítulo Único. Normas Fundamentales y Disposiciones Generales"],"texto":"En cualesquiera procesos relativos a la justicia constitucional rigen los siguientes principios:\n\na) Todos los días y horas son hábiles;\n\nb) Las actuaciones serán en papel simple, salvo lo que sobre reposición del mismo se resuelva en definitiva;\n\nc) Toda notificación deberá hacerse a más tardar al día siguiente de la fecha de la respectiva resolución, salvo el término de la distancia;\n\nd) Los tribunales deberán tramitarlos y resolverlos con prioridad a los demás asuntos.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-amparo/articulo-5/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-amparo/articulo-5.md"},"cita":"Art. 5, Ley de Amparo de Guatemala (Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-amparo/articulo-5/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}