{"ley":{"id":"ley-de-amparo","nombre":"Ley de Amparo","instrumento":"Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Normativa Aplicada en Guatemala","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20compilaciones/Compilacion%20Normativa%20GT/expedientes/03_02.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-amparo/"},"articulo":{"numero":"77","clave":"77","epigrafe":"Causas de responsabilidad","estado":"vigente","ubicacion":["Título Dos. Amparo","Capítulo Once. Disposiciones varias"],"texto":"Causan responsabilidad:\n\na) La negativa de admisión de un amparo o el retardo malicioso en su tramitación. El retardo se presume malicioso, pero admite prueba en contrario;\n\nb) La demora injustificada en la transmisión y entrega de los mensajes y despachos;\n\nc) La alteración o la falsedad en los informes que deban rendirse por cualquier persona;\n\nd) La omisión de las sanciones que fija esta ley y del encausamiento de los responsables;\n\ne) Archivar un expediente sin estar completamente fenecido; y\n\nf) El retardo en las notificaciones, el que se sancionará con multa de diez a veinticinco quetzales por cada día de atraso.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-amparo/articulo-77/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-amparo/articulo-77.md"},"cita":"Art. 77, Ley de Amparo de Guatemala (Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-amparo/articulo-77/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}