{"ley":{"id":"ley-de-areas-protegidas","nombre":"Ley de Áreas Protegidas","instrumento":"Decreto 4-89 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Instituto Nacional de Bosques (inab.gob.gt), edición del Decreto 4-89 con notas de reforma","fuente_url":"https://inab.gob.gt/images/centro_descargas/legislacion/Ley%20Areas%20Protegidas.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/","nota_reformas":"Texto del Decreto 4-89 con las notas de reforma que anota el INAB: Decretos 18-89, 110-96 y 117-97 (este último derogó los arts. 31 y 32). La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"51","clave":"51","epigrafe":"Control de embarques de vida silvestre","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título III. Del aprovechamiento racional de la flora y fauna silvestre","Capítulo III. Disposiciones especiales"],"texto":"La Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Areas Protegidas, sin podérsele imputar responsabilidad alguna, podrá retener embarques de productos de la vida silvestre, tanto originados en Guatemala como aquellos en tránsito, en cualquier fase de su envío o traslado, cuando considere que se trata de comercio ilegal o se infrinjan las disposiciones de esta ley y sus reglamentos.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-51/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-51.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 62, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-62/"},{"cita":"Art. 69, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-69/"},{"cita":"Art. 24, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-24/"},{"cita":"Art. 27, Ley Forestal","url":"https://codicegt.com/ley-forestal/articulo-27/"},{"cita":"Art. 798, Código de Comercio","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-798/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 51, Ley de Áreas Protegidas de Guatemala (Decreto 4-89), codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-51/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}