{"ley":{"id":"ley-de-areas-protegidas","nombre":"Ley de Áreas Protegidas","instrumento":"Decreto 4-89 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Instituto Nacional de Bosques (inab.gob.gt), edición del Decreto 4-89 con notas de reforma","fuente_url":"https://inab.gob.gt/images/centro_descargas/legislacion/Ley%20Areas%20Protegidas.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/","nota_reformas":"Texto del Decreto 4-89 con las notas de reforma que anota el INAB: Decretos 18-89, 110-96 y 117-97 (este último derogó los arts. 31 y 32). La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"62","clave":"62","epigrafe":"Fines del CONAP","estado":"reformado","estado_en_el_texto":"reformado","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título IV. Del organo de direccion y encargado de la aplicacion de esta ley","Capítulo I. Del consejo nacional de areas protegidas y su secretaria ejecutiva"],"texto":"Los fines principales del Consejo Nacional de Areas Protegidas son los siguientes:\n\na) Propiciar y fomentar la conservación y el mejoramiento del patrimonio natural de Guatemala.\n\nb) Organizar, dirigir y desarrollar el Sistema Guatemalteco de Areas Protegidas, SIGAP.\n\nc) Planificar, conducir y difundir la Estrategia Nacional de Conservación de la Diversidad Biológica y los Recursos Naturales Renovables de Guatemala.\n\nd) Coordinar la administración de los recursos de flora y fauna silvestre y de la diversidad biológica de la Nación, por medio de sus respectivos órganos ejecutores.\n\ne) Planificar y coordinar la aplicación de las disposiciones en materia de conservación de la diversidad biológica contenidos en los instrumentos internacionales ratificados por Guatemala.\n\nf) Constituir un fondo nacional para la conservación de la naturaleza, nutrido con recursos financieros provenientes de cooperación interna y externa.","nota":"* Reformado por el Artículo 14 del Decreto Número 110-96 del Congreso de la República","reformas":[{"accion":"reformado","alcance":"artículo","instrumento":"Decreto 110-96","tipo":"Decreto","numero":"110-96","anio":1996,"articulo_reformador":"14","fecha":null,"descripcion":"Reformado por el artículo 14 del Decreto 110-96","texto_fuente":"Reformado por el Artículo 14 del Decreto Número 110-96 del Congreso de la República"}],"url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-62/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-62.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 69, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-69/"},{"cita":"Art. 5, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-5/"},{"cita":"Art. 63, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-63/"},{"cita":"Art. 25, Ley de Medio Ambiente","url":"https://codicegt.com/ley-de-medio-ambiente/articulo-25/"},{"cita":"Art. 1, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-1/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 62, Ley de Áreas Protegidas de Guatemala (Decreto 4-89), codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-62/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}