{"ley":{"id":"ley-de-areas-protegidas","nombre":"Ley de Áreas Protegidas","instrumento":"Decreto 4-89 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Instituto Nacional de Bosques (inab.gob.gt), edición del Decreto 4-89 con notas de reforma","fuente_url":"https://inab.gob.gt/images/centro_descargas/legislacion/Ley%20Areas%20Protegidas.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/","nota_reformas":"Texto del Decreto 4-89 con las notas de reforma que anota el INAB: Decretos 18-89, 110-96 y 117-97 (este último derogó los arts. 31 y 32). La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"69","clave":"69","epigrafe":"Atribuciones del CONAP","estado":"reformado","estado_en_el_texto":"reformado","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título IV. Del organo de direccion y encargado de la aplicacion de esta ley","Capítulo II. Organización y atribuciones"],"texto":"Las atribuciones del Consejo Nacional de Areas Protegidas son:\n\na) Formular las políticas y estrategias de conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la Nación por medio del Sistema Guatemalteco de Areas Protegidas (SIGAP).\n\nb) Aprobar los reglamentos y las normas de funcionamiento del Sistema Guatemalteco de Areas Protegidas (SIGAP).\n\nc) Aprobar los dictámenes de convenios y contratos con entidades internacionales.\n\nd) Aprobar su plan estratégico institucional, sus planes y programas anuales de trabajo y su presupuesto anual.\n\ne) Aprobar la memoria anual de labores y la liquidación de su presupuesto anual.\n\nf) Aprobar la suscripción de concesiones de aprovechamiento y manejo de las áreas protegidas del SIGAP y velar porque se cumplan las normas contenidas en los reglamentos establecidos para tal efecto.\n\ng) Mantener estrecha coordinación e intercomunicación entre las entidades integrantes del SIGAP, en especial, con la Comisión Nacional del Medio Ambiente.\n\nh) Servir de órgano asesor de la Presidencia de la República y de todas las entidades estatales en materia de conservación, protección y uso de los recursos naturales del país, en especial, dentro de las áreas protegidas.\n\nAquellas funciones que sean necesarias para el buen desarrollo y funcionamiento del Sistema Guatemalteco de Areas Protegidas (SIGAP).","nota":"* Reformado por el Artículo 18 del Decreto Número 110-96 del Congreso de la República","reformas":[{"accion":"reformado","alcance":"artículo","instrumento":"Decreto 110-96","tipo":"Decreto","numero":"110-96","anio":1996,"articulo_reformador":"18","fecha":null,"descripcion":"Reformado por el artículo 18 del Decreto 110-96","texto_fuente":"Reformado por el Artículo 18 del Decreto Número 110-96 del Congreso de la República"}],"url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-69/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-69.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 62, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-62/"},{"cita":"Art. 5, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-5/"},{"cita":"Art. 63, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-63/"},{"cita":"Art. 25, Ley de Medio Ambiente","url":"https://codicegt.com/ley-de-medio-ambiente/articulo-25/"},{"cita":"Art. 59, Ley de Áreas Protegidas","url":"https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-59/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 69, Ley de Áreas Protegidas de Guatemala (Decreto 4-89), codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-69/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}