{"ley":{"id":"ley-de-armas-y-municiones","nombre":"Ley de Armas y Municiones","instrumento":"Decreto 15-2009 del Congreso de la República","texto_al":"2025-05-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed.","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/"},"articulo":{"numero":"101","clave":"101","epigrafe":"Exportación ilegal de armas de fuego","estado":"vigente","ubicacion":["Título VI. Delitos, faltas, penas y sanciones","Capítulo II. Relacionadas con la importación, exportación, venta, fabricación, modificación y reacondicionamiento de armas y municiones"],"texto":"Comete el delito de exportación ilegal de armas de fuego, quien sin tener autorización previa de exportación de la DIGECAM, exporte armas del territorio nacional. El responsable de este delito será sancionado de cinco (5) a ocho (8) años de prisión y comiso de las armas.\n\nLa pena será de seis (6) a diez (10) años de prisión y comiso de las armas, si éstas son de las clasificadas en esta Ley como armas de fuego bélicas o de uso exclusivo del Ejército de Guatemala, armas blancas bélicas o de uso exclusivo del Ejército de Guatemala, explosivos, armas químicas, biológicas, atómicas, trampas y armas experimentales.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-101/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-101.md"},"cita":"Art. 101, Ley de Armas y Municiones de Guatemala (Decreto 15-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-101/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}