{"ley":{"id":"ley-de-armas-y-municiones","nombre":"Ley de Armas y Municiones","instrumento":"Decreto 15-2009 del Congreso de la República","texto_al":"2025-05-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed.","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/"},"articulo":{"numero":"115","clave":"115","epigrafe":"Depósito ilegal de armas de fuego de uso civil y/o deportivas","estado":"vigente","ubicacion":["Título VI. Delitos, faltas, penas y sanciones","Capítulo III. Sobre la tenencia y transporte"],"texto":"Comete delito de depósito ilegal de armas de uso civil y/o deportivas, quien sin haberlas registrado en la DIGECAM, tenga en su poder tres (3) o más armas de esta clase.\n\nEl responsable de este delito será sancionado con prisión de cinco (5) a ocho (8) años inconmutables y comiso de las armas.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-115/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-115.md"},"cita":"Art. 115, Ley de Armas y Municiones de Guatemala (Decreto 15-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-115/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}