{"ley":{"id":"ley-de-armas-y-municiones","nombre":"Ley de Armas y Municiones","instrumento":"Decreto 15-2009 del Congreso de la República","texto_al":"2025-05-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed.","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/"},"articulo":{"numero":"13","clave":"13","epigrafe":"Armas blancas","estado":"vigente","ubicacion":["Título I. Disposiciones generales","Capítulo Único"],"texto":"Las armas blancas son:\n\na. Uso personal o trabajo: los cuchillos de exploración o supervivencia, instrumentos de labranza o de cualquier oficio, arte o profesión, que tengan aplicación conocida; las navajas de bolsillo cuya hoja no exceda de diez centímetros de longitud. No están comprendidos en las disposiciones de esta Ley, los cuchillos, herramientas u otros instrumentos cortantes que tengan aplicación artesanal, agrícola, industrial u otra conocida.\n\nb. Armas blancas deportivas son: las ballestas, arcos, flechas, florete, sable y espada.\n\nc. Armas blancas de uso bélico o exclusivo de las fuerzas de seguridad del Estado: las bayonetas, dagas, puñales, verduguillos, navajas automáticas con hojas de cualquier longitud y cualquier objeto diseñado o transformado para ser usado como arma.\n\nLas navajas con hojas que exceden de diez centímetros y que no sean automáticas, se podrán usar en áreas extraurbanas.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-13/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-13.md"},"cita":"Art. 13, Ley de Armas y Municiones de Guatemala (Decreto 15-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-13/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}