{"ley":{"id":"ley-de-bancos","nombre":"Ley de Bancos y Grupos Financieros","instrumento":"Decreto 19-2002 del Congreso de la República","texto_al":"2026-03-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compendio%20de%20Derecho%20Bancario_CENADOJ.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/"},"articulo":{"numero":"119","clave":"119","epigrafe":"Reducción de concentración de operaciones con unidades de riesgo","estado":"vigente","ubicacion":["Título XVI. Disposiciones transitorias y finales","Capítulo I. Transitorias"],"texto":"En concordancia con el proceso para la reducción de concentración de operaciones de financiamiento con personas relacionadas o vinculadas que formen parte de unidades de riesgo, iniciado de conformidad con la ley en el mes de septiembre de 1999, la gradualidad para alcanzar los porcentajes establecidos en la literal b) del artículo 47 de la presente Ley será la siguiente:\n\n(ver Tabla 1)","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-119/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-119.md"},"cita":"Art. 119, Ley de Bancos y Grupos Financieros de Guatemala (Decreto 19-2002), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-119/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}