{"ley":{"id":"ley-de-bancos","nombre":"Ley de Bancos y Grupos Financieros","instrumento":"Decreto 19-2002 del Congreso de la República","texto_al":"2026-03-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compendio%20de%20Derecho%20Bancario_CENADOJ.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/"},"articulo":{"numero":"124","clave":"124","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Título XVI. Disposiciones transitorias y finales","Capítulo II. Finales"],"texto":"Se reforma el artículo 14 de la Ley de Sociedades Financieras Privadas, Decreto-Ley Número 208, el cual queda así:\n\n“Artículo 14. No será aplicable a las Sociedades Financieras Privadas el artículo 54 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, relativo a Activos Extraordinarios. Sin embargo, cuando a una sociedad financiera le fueren adjudicados o recibiere en pago bienes inmuebles, deberá transferir su propiedad por venta o por cualquier otro título, dentro de un plazo no mayor de tres años, salvo que, a su solicitud, la Junta Monetaria resuelva prorrogar dicho plazo hasta otros dos años como máximo. En caso contrario, se hará aplicación de lo establecido en los últimos tres párrafos del citado artículo 54.”","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-124/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-124.md"},"cita":"Art. 124, Ley de Bancos y Grupos Financieros de Guatemala (Decreto 19-2002), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-124/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}