{"ley":{"id":"ley-de-bancos","nombre":"Ley de Bancos y Grupos Financieros","instrumento":"Decreto 19-2002 del Congreso de la República","texto_al":"2026-03-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compendio%20de%20Derecho%20Bancario_CENADOJ.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/"},"articulo":{"numero":"13","clave":"13","epigrafe":"Impedimentos","estado":"vigente","ubicacion":["Título II. Constitucion, autorizacion, capital y administracion de Bancos","Capítulo I. Constitucion y autorizacion"],"texto":"No podrán actuar como organizadores, accionistas o administradores propuestos del banco en formación:\n\na) Los miembros de la Junta Monetaria, así como los funcionarios del Banco de Guatemala y de la Superintendencia de Bancos que intervengan en su estudio y proceso de autorización;\n\nb) Los menores de edad;\n\nc) Los quebrados o insolventes, mientras no hubieren sido rehabilitados;\n\nd) Los que sean deudores reconocidamente morosos;\n\ne) Los directores y administradores de bancos en proceso de ejecución colectiva por requerimiento de la Junta Monetaria o de la Superintendencia de Bancos;\n\nf) Los condenados por quiebra culpable o fraudulenta;\n\ng) Los que hubieren sido condenados por delitos que impliquen falta de probidad;\n\nh) Los que hubieren sido condenados por hechos ilícitos relacionados con lavado de activos o malversación de fondos;\n\ni) Los inhabilitados para ejercer cargos públicos o de administración, o dirección en entidades bancarias y financieras; y,\n\nj) Los que por cualquier otra razón sean legalmente incapaces.\n\nLa Superintendencia de Bancos velará por el debido cumplimiento de lo dispuesto en este artículo y, en consecuencia, abrirá la correspondiente investigación a la posible infracción del mismo, por lo que cuando proceda, denegará la participación de la o las personas que tengan alguno de los impedimentos indicados.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-13/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-13.md"},"cita":"Art. 13, Ley de Bancos y Grupos Financieros de Guatemala (Decreto 19-2002), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-13/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}