{"ley":{"id":"ley-de-clases-pasivas","nombre":"Ley de Clases Pasivas","instrumento":"Decreto 63-88 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 63-88 con notas de reforma","fuente_url":"https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-DE-CLASES-PASIVAS-CIVILES-DEL-ESTADO-Decreto-No.-63-88.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/","nota_reformas":"Texto del Decreto 63-88 con las reformas que anota la ONSEC: Decretos 40-93, 59-95, 119-96, 99-97, 66-98, 24-2016, 17-2021 y 18-2024 (este último adiciona el art. 22 Bis y reforma el art. 25). La edición no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"43","clave":"43","epigrafe":"Revisiones a las liquidaciones","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo VI. Impugnaciones"],"texto":"Las liquidaciones de pensión a que se refiere la presente ley, podrán ser revisadas a solicitud escrita del interesado en la que indique los motivos de su inconformidad, adjuntando las pruebas documentales respectivas, siempre y cuando el interesado no haya manifestado su conformidad con la liquidación, de acuerdo con la presente ley. Para tal efecto, la Oficina Nacional de Servicio Civil revisará la liquidación practicada; y si procediere la rectificación o modificación, se atenderá al procedimiento establecido en el artículo 31. Si se confirma la liquidación impugnada, la Oficina indicada deberá emitir la resolución que corresponda y notificarla al interesado.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-43/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-43.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 244, Código de Comercio","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-244/"},{"cita":"Art. 33, Ley de Clases Pasivas","url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-33/"},{"cita":"Art. 34, Ley de Clases Pasivas","url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-34/"},{"cita":"Art. 31, Ley de Clases Pasivas","url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-31/"},{"cita":"Art. 19, Ley Orgánica del Banguat","url":"https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-19/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 43, Ley de Clases Pasivas de Guatemala (Decreto 63-88), codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-43/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}