{"ley":{"id":"ley-de-clases-pasivas","nombre":"Ley de Clases Pasivas","instrumento":"Decreto 63-88 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 63-88 con notas de reforma","fuente_url":"https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-DE-CLASES-PASIVAS-CIVILES-DEL-ESTADO-Decreto-No.-63-88.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/","nota_reformas":"Texto del Decreto 63-88 con las reformas que anota la ONSEC: Decretos 40-93, 59-95, 119-96, 99-97, 66-98, 24-2016, 17-2021 y 18-2024 (este último adiciona el art. 22 Bis y reforma el art. 25). La edición no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"50","clave":"50","epigrafe":"Aguinaldos","estado":"reformado","estado_en_el_texto":"reformado","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo VII. Disposiciones especiales y complementarias"],"texto":"El Ministerio de Finanzas Públicas deberá pagar el aguinaldo correspondiente a los pensionados conforme esta ley y a disposiciones legales anteriores.\n\nEn todo caso el monto del mismo no podrá ser menor de DOSCIENTOS QUETZALES (Q.200.00), por el monto total de cada pensión.","nota":"Adicionado como aparece en el texto, según Artículo 14 del Decreto 40-93 del Congreso de la República, publicado en el Diario de Centro América el 3 de diciembre de 1993.","reformas":[{"accion":"adicionado","alcance":"artículo","instrumento":"Decreto 40-93","tipo":"Decreto","numero":"40-93","anio":1993,"articulo_reformador":"14","fecha":"1993-12-03","descripcion":"Adicionado por el artículo 14 del Decreto 40-93","texto_fuente":"Adicionado como aparece en el texto, según Artículo 14 del Decreto 40-93 del Congreso de la República, publicado en el Diario de Centro América el 3 de diciembre de 1993"}],"url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-50/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-50.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 49, Ley de Clases Pasivas","url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-49/"},{"cita":"Art. 28, Ley de Clases Pasivas","url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-28/"},{"cita":"Art. 51, Ley de Clases Pasivas","url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-51/"},{"cita":"Art. 12, Ley de Clases Pasivas","url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-12/"},{"cita":"Art. 27, Ley de Clases Pasivas","url":"https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-27/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 50, Ley de Clases Pasivas de Guatemala (Decreto 63-88), codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-50/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}