{"ley":{"id":"ley-de-competencia","nombre":"Ley de Competencia","instrumento":"Decreto 32-2024 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt), texto del Decreto 32-2024","fuente_url":"https://www.sicom.gob.gt/Ley%20de%20Competencia.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/","nota_reformas":"Texto del Decreto 32-2024 según la Superintendencia de Competencia, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"37","clave":"37","epigrafe":"Causales de excusa o recusación","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título II. Superintendencia de competencia","Capítulo II. Directorio","Sección I. Disposiciones generales"],"texto":"Los directores titulares o suplentes deberán excusarse inmediatamente, o podrán ser recusados, de conocer asuntos en los que exista alguna circunstancia que razonablemente les impidan resolver dichos asuntos con plena imparcialidad, independencia, objetividad, profesionalismo y transparencia. Son causas de excusa o recusación las siguientes:\n\n1) Tener parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo, con alguno de los interesados dentro de un proceso de los regulados en la presente Ley o sus representantes;\n\n2) Tener interés personal, familiar o de negocios en un asunto tramitado ante el Directorio, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para sí mismos, su cónyuge o sus parientes en los grados de ley;\n\n3) EI director, su cónyuge o alguno de sus parientes, hayan aceptado herencia, legado o donación de alguno de los interesados o sus representantes;\n\n4) Ser socio o participar de cualquier forma en los negocios de alguno de los interesados o de sus representantes, dentro de los procesos regulados en la presente Ley;\n\n5) Haber sido o que alguno de sus familiares hubiese sido abogado, asesor, mandatario, testigo, experto o perito en el asunto de que se trate; y,\n\n6) Haber fijado públicamente el sentido de su voto antes de que el Directorio resuelva el asunto.\n\nSolo podrán invocarse como causales de excusa o recusación para conocer asuntos que se tramiten ante la Superintendencia las enumeradas en este artículo.\n\nEI Directorio, sin la participación del director interesado, conocerá y resolverá sobre las excusas y recusaciones presentadas en contra de los directores.\n\nEI reglamento de esta Ley desarrollará los procedimientos específicos para la excusa o recusación de los directores.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-37/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-37.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 61, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-61/"},{"cita":"Art. 60, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-60/"},{"cita":"Art. 38, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-38/"},{"cita":"Art. 111, Código Procesal Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-111/"},{"cita":"Art. 48, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-48/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 37, Ley de Competencia de Guatemala (Decreto 32-2024), codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-37/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}