{"ley":{"id":"ley-de-competencia","nombre":"Ley de Competencia","instrumento":"Decreto 32-2024 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt), texto del Decreto 32-2024","fuente_url":"https://www.sicom.gob.gt/Ley%20de%20Competencia.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/","nota_reformas":"Texto del Decreto 32-2024 según la Superintendencia de Competencia, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"5","clave":"5","epigrafe":"Prácticas absolutas","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título I. Disposiciones generales, promoción y defensa de la competencia","Capítulo II. Defensa de la libre competencia"],"texto":"Son prácticas absolutas, cualquier acuerdo, contrato, convenio, decisión o práctica concertada entre dos o más agentes económicos competidores, que tengan como efecto cualquiera de los siguientes supuestos:\n\n1) Acordar, concertar, fijar o manipular precios, cargos, descuentos, honorarios, regalías, tarifas o tasas, en forma directa o indirecta, en la venta o compra de bienes o servicios;\n\n2) Dividir, distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos de un mercado actual o potencial de bienes o servicios, ya sea por territorio, por volumen de ventas o compras, por tipo de productos o servicios, por tiempos o espacios determinados o determinables, por clientes o vendedores, por reparto de las fuentes de insumos o por cualquier otro medio;\n\n3) Fijar, limitar o restringir la producción, la demanda, la distribución o la comercialización de bienes o servicios, ya sea por cantidad, volumen o frecuencia; o,\n\n4) Concertar o coordinar ofertas en los procesos de contrataciones públicas nacionales o internacionales, tales como licitaciones, cotizaciones, concursos o subastas. Se exceptúan de esta prohibición las ofertas presentadas conjuntamente por dos o más agentes económicos, que claramente sean identificadas como oferta conjunta o consorcio en el documento presentado por los oferentes.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-5/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-5.md","que_significa":null,"citado_por":[{"cita":"Art. 10, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-10/"}],"relacionados":[{"cita":"Art. 7, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-7/"},{"cita":"Art. 280, Código de Comercio","url":"https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-280/"},{"cita":"Art. 173, Ley de Propiedad Industrial","url":"https://codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-173/"},{"cita":"Art. 97, Ley de Armas y Municiones","url":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-97/"},{"cita":"Art. 171, Código Tributario","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-171/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 5, Ley de Competencia de Guatemala (Decreto 32-2024), codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-5/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}