{"ley":{"id":"ley-de-competencia","nombre":"Ley de Competencia","instrumento":"Decreto 32-2024 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt), texto del Decreto 32-2024","fuente_url":"https://www.sicom.gob.gt/Ley%20de%20Competencia.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/","nota_reformas":"Texto del Decreto 32-2024 según la Superintendencia de Competencia, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"68","clave":"68","epigrafe":"Declaración jurada de intereses","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título II. Superintendencia de competencia","Capítulo IV. Organización interna y relaciones laborales"],"texto":"Los aspirantes a cualquier cargo dentro de la Superintendencia deberán presentar una declaración jurada de intereses que permita a la autoridad nominadora evaluar y anticipar la probable presencia de conflictos de intereses que podrían afectar su imparcialidad en el ejercicio del cargo, en caso de resultar designados.\n\nEn la declaración jurada cada candidato deberá especificar:\n\na) Funciones públicas desempeñadas.\n\nb) Las posiciones ocupadas, sean remuneradas o no, como director, gerente, administrador, consultor, representante o empleado de cualquier empresa o sociedad mercantil y en instituciones sin fines de lucro.\n\nc) Las actividades profesionales, gremiales o de beneficencia, sean o no remuneradas, que realice o en que haya participado.\n\nd) Toda clase de derechos o acciones, de cualquier naturaleza, que tenga el declarante en empresas o sociedades mercantiles constituidas en Guatemala o el extranjero.\n\nLa unidad encargada de asuntos internos deberá verificar lo consignado en las declaraciones de intereses presentadas por su personal y está obligada a verificar las de todos los funcionarios y selectivamente las del resto del personal.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-68/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-68.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 144, Ley Electoral y de Partidos Políticos","url":"https://codicegt.com/ley-electoral/articulo-144/"},{"cita":"Art. 55, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-55/"},{"cita":"Art. 36, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-36/"},{"cita":"Art. 142, Ley Electoral y de Partidos Políticos","url":"https://codicegt.com/ley-electoral/articulo-142/"},{"cita":"Art. 11, Ley de Contrataciones del Estado","url":"https://codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-11/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 68, Ley de Competencia de Guatemala (Decreto 32-2024), codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-68/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}