{"ley":{"id":"ley-de-competencia","nombre":"Ley de Competencia","instrumento":"Decreto 32-2024 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt), texto del Decreto 32-2024","fuente_url":"https://www.sicom.gob.gt/Ley%20de%20Competencia.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/","nota_reformas":"Texto del Decreto 32-2024 según la Superintendencia de Competencia, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"85","clave":"85","epigrafe":"Resolución administrativa","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título III. Proceso administrativo","Capítulo II. Trámite del procedimiento administrativo y Judicial","Sección I. Procedimiento administrativo"],"texto":"El Directorio dictará la resolución definitiva en un plazo que no exceda de treinta (30) días, contado a partir de la celebración de la audiencia oral, la que debe ser notificada dentro de los tres (3) días siguientes de haberse emitido.\n\nEn la resolución definitiva el Directorio deberá indicar con claridad y precisión la existencia o inexistencia del hecho, los medios de prueba que permiten probarlos y la responsabilidad del o los agentes económicos objeto del procedimiento administrativo. En caso de que se resuelva imponer una sanción, en la resolución definitiva el Directorio deberá indicar los parámetros a partir de los cuales tasó el monto de la sanción económica impuesta.\n\nContra la resolución definitiva procede recurso de reposición que deberá ser presentado por escrito dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-85/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-85.md","que_significa":null,"citado_por":[{"cita":"Art. 77, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-77/"},{"cita":"Art. 86, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-86/"}],"relacionados":[{"cita":"Art. 149, Código Tributario","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-149/"},{"cita":"Art. 15, Ley de lo Contencioso Administrativo","url":"https://codicegt.com/ley-contencioso-administrativo/articulo-15/"},{"cita":"Art. 16, Ley de lo Contencioso Administrativo","url":"https://codicegt.com/ley-contencioso-administrativo/articulo-16/"},{"cita":"Art. 144, Código Tributario","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-144/"},{"cita":"Art. 23, Ley de lo Contencioso Administrativo","url":"https://codicegt.com/ley-contencioso-administrativo/articulo-23/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 85, Ley de Competencia de Guatemala (Decreto 32-2024), codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-85/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}