{"ley":{"id":"ley-de-competencia","nombre":"Ley de Competencia","instrumento":"Decreto 32-2024 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt), texto del Decreto 32-2024","fuente_url":"https://www.sicom.gob.gt/Ley%20de%20Competencia.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/","nota_reformas":"Texto del Decreto 32-2024 según la Superintendencia de Competencia, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"86","clave":"86","epigrafe":"Terminación anticipada del proceso administrativo","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título III. Proceso administrativo","Capítulo II. Trámite del procedimiento administrativo y Judicial","Sección II. Beneficio de exención o reducción de sanciones"],"texto":"EI agente económico sujeto a un procedimiento de investigación por prácticas anticompetitivas relativas y concentraciones irregulares podrá, antes de que se emita la resolución correspondiente al artículo anterior, acogerse al beneficio de exención o reducción de sanciones establecidas en esta Ley. La manifestación de acogerse al beneficio de exención o reducción de sanciones no implica la aceptación de responsabilidad por parte del agente investigado.\n\nEI agente económico que desea acogerse al beneficio de exención o reducción de sanciones de conformidad con las disposiciones de este capítulo podrá pedir dicho beneficio, mediante solicitud por escrito a la Superintendencia en la que:\n\n1. Se comprometa a suspender, suprimir o corregir la práctica correspondiente, a fin de restaurar el proceso de libre competencia; y,\n\n2. Acredite a criterio de la Superintendencia, que los medios propuestos sean jurídica y económicamente viables e idóneos, para evitar llevar a cabo o, en su caso, dejar sin efecto, la práctica anticompetitiva objeto de la investigación, señalando los plazos y términos para su comprobación.\n\nEI reglamento establecerá los plazos y procedimientos para el trámite de esta solicitud, así como para las audiencias que sean necesarias en caso de que el agente económico sujeto de la investigación presente las aclaraciones correspondientes.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-86/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-86.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 89, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-89/"},{"cita":"Art. 91, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-91/"},{"cita":"Art. 10, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-10/"},{"cita":"Art. 88, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-88/"},{"cita":"Art. 23, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-23/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 86, Ley de Competencia de Guatemala (Decreto 32-2024), codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-86/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}