{"ley":{"id":"ley-de-consejos-de-desarrollo","nombre":"Ley de los Consejos de Desarrollo","instrumento":"Decreto 11-2002 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (scep.gob.gt), Compendio de Leyes del Sistema de Consejos de Desarrollo","fuente_url":"https://scep.gob.gt/wp-content/uploads/2025/09/Compendio-de-Leyes-del-Sistema-de-Consejos-de-Desarrollo.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-consejos-de-desarrollo/","nota_reformas":"Texto del Decreto 11-2002 según el Compendio de Leyes del Sistema de Consejos de Desarrollo de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP; PDF de mayo de 2025), que no anota reformas ni fecha de corte. Reforma posterior a esa edición: el artículo 3 del Decreto 2-2026 del Congreso (Diario de Centro América, 9 de febrero de 2026) reformó el artículo 30 («Cooperación obligada y plazos administrativos»); aquí se publica el texto anterior a esa reforma. No se verificaron otras reformas."},"articulo":{"numero":"9","clave":"9","epigrafe":"Integración de los consejos departamentales de desarrollo","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo II. Integración y funciones"],"texto":"Los consejos departamentales de desarrollo se integran así:\n\na) El Gobernador del departamento, quien lo preside y coordina;\n\nb) Los alcaldes municipales del departamento;\n\nc) El jefe de la oficina departamental de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, quien actúa como secretario;\n\nd) Un representante de cada una de las entidades públicas que designe el Organismo Ejecutivo;\n\ne) Un representante de cada uno de los pueblos indígenas que habiten en el departamento;\n\nf) Un representante de las cooperativas que operen en el departamento;\n\ng) Un representante de las asociaciones de propietarios de micro, pequeñas y medianas empresas que operen en el departamento, de los sectores de la manufactura y los servicios;\n\nh) Un representante de las asociaciones agropecuarias, comerciales, financieras e industriales que operen en el departamento;\n\ni) Dos representantes de las organizaciones campesinas que operen en el departamento;\n\nj) Un representante de las organizaciones de trabajadores que operen en el departamento;\n\nk) Un representante de las Organizaciones Guatemaltecas no Gubernamentales de desarrollo, que operen en el departamento;\n\nLEY DE LOS CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL\n\nl) Una representante de las organizaciones de mujeres que operen en el departamento;\n\nm) Un representante de la Universidad de San Carlos de Guatemala;\n\nn) Un representante de las universidades privadas que operen en el departamento; y,\n\no) Los secretarios generales departamentales de los partidos políticos con representación en el Organismo Legislativo, quienes participarán con voz.\n\nLos representantes a que se refieren las literales de la e) a la l) contarán con un suplente y ambos serán electos por los respectivos pueblos y sectores representados, de acuerdo a sus propios principios, valores, normas y procedimientos, o sus estatutos. El reglamento de la presente ley creará procedimientos de elección, que se aplicarán en forma supletoria.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-consejos-de-desarrollo/articulo-9/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-consejos-de-desarrollo/articulo-9.md","que_significa":null,"citado_por":[{"cita":"Art. 10, Ley de los Consejos de Desarrollo","url":"https://codicegt.com/ley-de-consejos-de-desarrollo/articulo-10/"}],"relacionados":[{"cita":"Art. 5, Ley de los Consejos de Desarrollo","url":"https://codicegt.com/ley-de-consejos-de-desarrollo/articulo-5/"},{"cita":"Art. 7, Ley de los Consejos de Desarrollo","url":"https://codicegt.com/ley-de-consejos-de-desarrollo/articulo-7/"},{"cita":"Art. 11, Ley de los Consejos de Desarrollo","url":"https://codicegt.com/ley-de-consejos-de-desarrollo/articulo-11/"},{"cita":"Art. 16, Ley de los Consejos de Desarrollo","url":"https://codicegt.com/ley-de-consejos-de-desarrollo/articulo-16/"},{"cita":"Art. 228, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-228/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 9, Ley de los Consejos de Desarrollo de Guatemala (Decreto 11-2002), codicegt.com/ley-de-consejos-de-desarrollo/articulo-9/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}