{"ley":{"id":"ley-de-contrataciones-del-estado","nombre":"Ley de Contrataciones del Estado","instrumento":"Decreto 57-92 del Congreso de la República","texto_al":"2025-05-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed.","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/"},"articulo":{"numero":"15","clave":"15","epigrafe":"Dirección General de Adquisiciones del Estado","estado":"reformado","ubicacion":["Título II","Capítulo Único. Organos competentes"],"texto":"La Dirección General de Adquisiciones del Estado es el ente rector de las adquisiciones públicas, responsable de facilitar procesos, proponer o aprobar la normativa en el ámbito de su competencia. El objeto de la Dirección General de Adquisiciones del Estado es procurar que las adquisiciones públicas se desarrollen en un marco general de transparencia, certeza, eficiencia y competencia en las adquisiciones públicas. Entre sus funciones se encuentra:\n\na. Ser el órgano rector de las adquisiciones públicas y del Sistema de Información de Contrataciones y\n\nb. Diseñar, administrar, normar e implementar políticas destinadas para el desarrollo de GUATECOM- PRAS;\n\nc. Establecer procedimientos para la adecuada aplicación de la legislación en materia de adquisiciones públicas;\n\nd. Coordinar la modalidad de compra por contrato abierto;\n\ne. Decidir el destino de los fondos privativos de la Dirección, para el fortalecimiento, desarrollo y modernización de los sistemas, procesos y procedimientos de adquisiciones públicas;\n\nf. Capacitar periódicamente a las entidades del sector público en materia de procedimientos para las adquisiciones públicas;\n\ng. Certificar a los funcionarios o empleados públicos responsables de las adquisiciones, en las entidades sujetas a la presente Ley;\n\nh. Requerir a todas las entidades del sector público, por medio del sistema GUATECOMPRAS, su programación anual de compras, para su optimización y elaboración de estadísticas y sus modificaciones;\n\ni. Estandarizar los procesos de contrataciones de las entidades públicas;\n\nj. Generar y mantener actualizadas estadísticas, las cuales serán de acceso público; y,\n\nk. Otras que establezca el reglamento, la ley y el despacho ministerial, en el ámbito de su competencia.","nota":"(Reformado por Artículo 11 del Decreto 9-2015 del Congreso de la República).","url":"https://codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-15/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-15.md"},"cita":"Art. 15, Ley de Contrataciones del Estado de Guatemala (Decreto 57-92), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-15/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}