{"ley":{"id":"ley-de-desarrollo-social","nombre":"Ley de Desarrollo Social","instrumento":"Decreto 42-2001 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (conred.gob.gt), edición del Decreto 42-2001","fuente_url":"https://conred.gob.gt/wp-content/uploads/2025/11/ley_desarrollo_social_42-2001.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/","nota_reformas":"Texto del Decreto 42-2001 según la edición que publica la CONRED, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"39","clave":"39","epigrafe":"Comunicación social","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo V. Política de desarrollo social y población","Sección VI. Política de desarrollo social y población en materia de comunicación social"],"texto":"El Estado, a través de la Secretaría de Comunicación Social, promoverá y apoyará el uso de los medios masivos de comunicación, incluyendo el uso de medios alternativos de comunicación social, para difundir sistemáticamente mensajes con el propósito de educar, orientar e informar a la población sobre los temas normados por la presente Ley.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-39/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-39.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 60, Ley PINA","url":"https://codicegt.com/ley-pina/articulo-60/"},{"cita":"Art. 12, Ley del Organismo Ejecutivo","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-12/"},{"cita":"Art. 91, Ley de Educación Nacional","url":"https://codicegt.com/ley-de-educacion-nacional/articulo-91/"},{"cita":"Art. 40, Ley de Desarrollo Social","url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-40/"},{"cita":"Art. 63, Ley Orgánica del IGSS","url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-63/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 39, Ley de Desarrollo Social de Guatemala (Decreto 42-2001), codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-39/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}