{"ley":{"id":"ley-de-desarrollo-social","nombre":"Ley de Desarrollo Social","instrumento":"Decreto 42-2001 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (conred.gob.gt), edición del Decreto 42-2001","fuente_url":"https://conred.gob.gt/wp-content/uploads/2025/11/ley_desarrollo_social_42-2001.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/","nota_reformas":"Texto del Decreto 42-2001 según la edición que publica la CONRED, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"8","clave":"8","epigrafe":"Grupos de especial atención","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo II. Principios rectores en materia de desarrollo social"],"texto":"La Política de Desarrollo Social y Población deberá prever lo necesario para dar especial atención a los grupos de personas que por su situación de vulnerabilidad la necesiten, promoviendo su plena integración al desarrollo, preservando y fortaleciendo en su favor, la vigencia de los valores y principios de igualdad, equidad y libertad.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-8/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-8.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 16, Ley de Desarrollo Social","url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-16/"},{"cita":"Art. 14, Ley de Desarrollo Social","url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-14/"},{"cita":"Art. 11, Ley de Desarrollo Social","url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-11/"},{"cita":"Art. 31 Bis, Ley del Organismo Ejecutivo","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-31bis/"},{"cita":"Art. 15, Ley de Desarrollo Social","url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-15/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 8, Ley de Desarrollo Social de Guatemala (Decreto 42-2001), codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-8/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}