{"ley":{"id":"ley-de-discapacidad","nombre":"Ley de Discapacidad","instrumento":"Decreto 135-96 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad (conadi.gob.gt), edición del Decreto 135-96 y su reglamento","fuente_url":"https://conadi.gob.gt/web/wp-content/uploads/2024/10/Ley-135-96-Atencion-a-Personas-con-Discapacidad.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-discapacidad/","nota_reformas":"Texto del Decreto 135-96 según la edición del CONADI, que anota la reforma del artículo 3 por el Decreto 5-2011. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"15","clave":"15","epigrafe":null,"estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título I","Capítulo II. Obligaciones del Estado y de la sociedad CIVIL"],"texto":"Las instituciones públicas y privadas que brindan servicios a personas con discapacidad deberán proporcionar información veraz, oportuna, accesible y utilizable, en referencia a los tipos de discapacidades que atienden y a los servicios que prestan.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-discapacidad/articulo-15/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-discapacidad/articulo-15.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 61, Ley de Discapacidad","url":"https://codicegt.com/ley-de-discapacidad/articulo-61/"},{"cita":"Art. 13, Ley de Discapacidad","url":"https://codicegt.com/ley-de-discapacidad/articulo-13/"},{"cita":"Art. 48, Ley de Discapacidad","url":"https://codicegt.com/ley-de-discapacidad/articulo-48/"},{"cita":"Art. 64, Ley de Discapacidad","url":"https://codicegt.com/ley-de-discapacidad/articulo-64/"},{"cita":"Art. 49, Ley de Discapacidad","url":"https://codicegt.com/ley-de-discapacidad/articulo-49/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 15, Ley de Discapacidad de Guatemala (Decreto 135-96), codicegt.com/ley-de-discapacidad/articulo-15/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}