{"ley":{"id":"ley-de-extincion-de-dominio","nombre":"Ley de Extinción de Dominio","instrumento":"Decreto 55-2010 del Congreso de la República","texto_al":"2025-05-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed.","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-extincion-de-dominio/"},"articulo":{"numero":"21","clave":"21","epigrafe":"Acceso a la información oficial","estado":"vigente","ubicacion":["Capítulo IV. Competencia y procedimiento"],"texto":"La Superintendencia de Administración Tributaria, la Superintendencia de Bancos, el Registro General de la Propiedad, el Registro Mercantil, el Registro de la Propiedad Intelectual, el Registro de Garantías Mobiliarias, las Municipalidades y cualquier otra entidad pública, deberán prestar su colaboración inmediata y de manera gratuita al Ministerio Público, cuando les sean requeridos informes para la investigación de la materia regulada en la presente Ley, sin necesidad de orden judicial. Para dichos efectos, las instituciones enumeradas podrán celebrar convenios con el Fiscal General y Jefe del Ministerio Público para la colaboración y asistencia en la investigación, así como para el acceso directo en forma inmediata o automática a la información que posean en virtud de sus atribuciones legales, cualquiera que sea su soporte.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-extincion-de-dominio/articulo-21/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-extincion-de-dominio/articulo-21.md"},"cita":"Art. 21, Ley de Extinción de Dominio de Guatemala (Decreto 55-2010), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-extincion-de-dominio/articulo-21/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}